¡No se entienden tantas cosas! Por ejemplo, en los estatutos de ERC puede leerse: “Artículo 2. Objetivo. Esquerra Republicana tiene como objetivo la unidad territorial y la independencia de la nación catalana, de Salses a Guardamar y de Fraga a Maó (…)” No lo ocultan. Está bien clarito. Y si nuestra Constitución sentencia la indisoluble unidad de la Nación española (art. 2) y que los partidos políticos son libres en su creación y en el ejercicio de su actividad dentro del respeto a la Constitución y a la ley (art. 6), ¿porqué diantres pueden ser elegibles estas agrupaciones? Quizás, siendo tontos o generosos, no hayan de ser ilegalizados, pero ¿elegibles? ¿Qué puedan gobernar, es decir, detentar poder? ¿Porqué? ¿Somos lelos? ¡Así nos va!
¡No se entienden tantas cosas! Por ejemplo, en los estatutos de ERC puede leerse: “Artículo 2. Objetivo. Esquerra Republicana tiene como objetivo la unidad territorial y la independencia de la nación catalana, de Salses a Guardamar y de Fraga a Maó (…)” No lo ocultan. Está bien clarito. Y si nuestra Constitución sentencia la indisoluble unidad de la Nación española (art. 2) y que los partidos políticos son libres en su creación y en el ejercicio de su actividad dentro del respeto a la Constitución y a la ley (art. 6), ¿porqué diantres pueden ser elegibles estas agrupaciones? Quizás, siendo tontos o generosos, no hayan de ser ilegalizados, pero ¿elegibles? ¿Qué puedan gobernar, es decir, detentar poder? ¿Porqué? ¿Somos lelos? ¡Así nos va!
ResponderEliminarSon lelos. Siendo muy suave.
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