(Tenemos una justicia de progreso que no apoya al legítimo propietario. Tiene más simpatías por los okupas y por lo inquilinos que no pagan.
¡Es el progreso! ¡Vota a Pedro y Pablo! ¡Esto es sólo el principio! ¡Queremos más legislación de progreso! ¡Y más jueces de progreso!)
La pesadilla de que te toque un inquilino moroso: seis años sin cobrar y la casa destrozada.
Ramón Esteban alquiló a Josefa Rodríguez un
chalé por mil euros al mes. En seis años, ésta sólo pagó el alquiler los
primeros meses.
(Libre Mercado.)
La izquierda y el incremento
de la ocupación ilegal de viviendas.
Las noticias
que han proliferado en los últimos días referentes a la ocupación ilegal de
viviendas, ya sea en Málaga, Murcia o, muy especialmente, Barcelona, constituyen sólo un
pequeño ejemplo de hasta qué punto se ha disparado la comisión de este tipo de
delitos contra la propiedad privada en los últimos años. Así, el número de
sentencias condenatorias por la usurpación de bienes inmuebles en nuestro país
ha pasado de las 488 dictadas en 2008 hasta las 3.278 emitidas en 2015.
La razón de la proliferación de esta lacra se
encuentra fundamentalmente en la dilación judicial –hasta tres años pueden llegar a tardar los legítimos inquilinos o propietarios en
recuperar su vivienda por vía judicial- como, sobretodo, en la ineficacia y
lenidad de nuestro ordenamiento jurídico a la hora de dictaminar el
inmediato desalojo del inmueble ilegalmente ocupado así como a la hora de
castigar a este tipo de delincuentes.
A la injusta consideración de "delito
leve" que nuestras leyes otorgan a la usurpación inmobiliaria y la
ridícula pena de multa de tres a seis meses, se suma el hecho de que la actuación policial en estos casos
está muy limitada, ya que los agentes sólo pueden impedir la
ocupación si se encuentran a los infractores en un caso de "delito
flagrante", es decir, en el momento justo de la usurpación.
En el resto de casos, al propietario sólo le queda
acudir a la comisaría a denunciar y demostrar que este inmueble es suyo para
poder desalojar.
Una vez planteada la denuncia, la Policía debe ir a comprobar la situación y
como mucho a hacer el atestado y pasárselo al juzgado, y ya no vuelve hasta
que, meses o años después, tal y como ocurre en la inmensa mayoría de los
casos, se dicte una orden de desalojo.
Debería bastar, sin embargo, que la Policía, en
su primera comparecencia, desalojara a quien no pudiese acreditar la propiedad
o el contrato de arrendamiento del inmueble, con independencia de
que este último pudiese hacer las reclamaciones judiciales oportunas en el caso
de considerar que es él quien estaba ocupando la vivienda conforme a derecho.
Por el
contrario, a lo anterior hay que sumar el hecho de que la reforma del Código
Penal en julio de 2015 dictaminó que la prescripción por el delito de
usurpación sin violencia pasase de cinco años a sólo uno y que el carácter de
los antecedentes se modificara, no computándose a partir de entonces a efectos
de reincidencias.
Ante este panorama no es de extrañar que a la inmensa mayoría de los okupas su
delito le salga gratis y
que, después de haber disfrutado ilegalmente de una vivienda durante meses o
años, pasen inmediatamente a "okupar" otra. Tampoco es de extrañar
visto lo visto, que los ciudadanos terminen por tomarse la justicia por su mano, bien sea
convirtiéndose en "okupas" de
sus propias viviendas
aprovechando la salida de sus usurpadores, bien sea desalojándolos a pedradas, tal y como ha
sucedido recientemente en un pueblo de Murcia, bien sea contratando servicios
de empresas como Desokupa.
Finalmente, no podemos obviar el papel que ha
desempeñado la extrema izquierda a la hora de tratar de lograr la aceptación
social de este tipo de delito apelando demagógicamente a la crisis y a la
falta de recursos de quienes los perpetran. Ahora que el delito no afecta
exclusivamente a las viviendas en propiedad de bancos o entidades financieras,
guardan silencio; pero lo cierto es que el respaldo político que durante años
han otorgado a los okupas
y su tradicional falta de respeto a un derecho fundamental como es el derecho a
la propiedad privada también ha ejercido como caldo de cultivo para que este
tipo de delito haya proliferado en tan gran medida.
En cualquier caso ya va siendo hora de que en
España, conforme a cualquier Estado de Derecho digno de tal nombre, se castigue
y se disuada este tipo de delito con la severidad que merece toda agresión a un
principio tan vital para la prosperidad, la libertad y la seguridad jurídica
como es el derecho a la propiedad privada.
(Edit. Ld.)
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