(La presidenta Armengol y el conseller de cultura, Martí March, se pasan la ley por el forro. Esto nos dicen desde 'Plis, Educación Por Favor'. Y saben de lo que hablan.
¿Qué sucede? Que estas autoridades son catalanistas. O sea, el no va más.
PD. ¿Qué pasaría si usted infringiera la ley? Claro que usted es un ciudadano cualquiera.)
PLIS, EDUCACIÓN POR FAVOR.
Palma, 26 de marzo de 2018
"Un
año más nos encontramos ante el hecho, por desgracia bastante habitual
siempre que se relaciona con las lenguas oficiales, de que un poder
ejecutivo infringe lo dispuesto por el poder legislativo y por el poder
judicial. Quienes tienen que hacer cumplir la ley, Martí March y
Armengol, se dedican la infringirla con clara premeditación".
El
artículo 18 de la Ley de Normalización Lingüística establece con toda
claridad que los padres pueden elegir la lengua de primera enseñanza
(catalán o castellano) y que los poderes públicos tienen la obligación
de hacer efectivo este derecho. Sin embargo, la Conselleria obliga a
los padres, en el impreso de solicitud de centro, a condicionar la
elección y posterior adjudicación del centro al respeto del proyecto
lingüístico del centro. Dado que todas las escuelas de Baleares tienen
un proyecto de inmersión lingüística en catalán, el resultado es que los
padres no tienen más remedio que firmar que renuncian a su derecho de
elegir lengua de primera enseñanza. "Se trata de un engaño en toda regla
y de un abuso de poder de la propia conselleria, que con toda la
intención decide no solo hacer caso omiso a la LNL sino ir contra ella
de forma patente".
Por otra parte, las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 1062/2004, 884/2005, 418/2008 y 149/2009, establecen "la obligación de la Administración educativa de adoptar las medidas necesarias para que en el modelo oficial se
pregunte por su lengua habitual a los padres o tutores de los niños
preinscritos en los cursos escolares en centros sostenidos con fondos
públicos por su lengua habitual, antes del inicio de la matriculación, a
fin de poder hacer efectivo su derecho a recibir en aquélla la primera
enseñanza".
Estas sentencias son amparadas y elevadas a jurisprudencia por el Tribunal Supremo en sentencia del 12 de diciembre de 2008: “el
derecho de los niños a cursar la primera enseñanza en la lengua
habitual de elección, y considerar que su no dación por la
Administración vulnera los artículos 14 y 27 de la Constitución» (https://supremo.vlex.es/vid/7 -21-2-an-52045942#section_18)
"Los
representantes políticos, si quieren merecer respeto, no deben
rebajarse al nivel de los delincuentes que infringen las normas a
sabiendas.
Si la ley actual no les gusta, deben cambiarla, deben
modificar la Ley de Normalización Lingüística; mientras no sea así, no
tienen más remedio que cumplirla y permitir a los padres elegir la
lengua de primera enseñanza.".
Carlos Serra. 660 399 951
Julián Ruiz-Bravo. 610 815 660
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