martes, 17 de enero de 2017

RITA MAESTRE Y BLANQUERNA


 (Parece ser que si la discriminación ideológica es contra los sentimientos catalanistas, la cosa es grave. Si es contra los sentimientos de los católicos, no parece tan grave. Eso debió pensar la asaltacapillas Rita Maestre. ¿Es así?)





El Tribunal Supremo ha elevado las penas impuestas por la Audiencia de Madrid a los energúmenos que asaltaron el centro cultural "Blanquerna" durante la celebración de la Diada de 2013 y ha impuesto condenas cercanas a los cuatro años, al haber aplicado el agravante de motivos de discriminación ideológica.

La sentencia dictada contempla que la actuación de los atacantes, a quienes la Audiencia de Madrid había castigado con penas que no implicaban –en principio– el ingreso en prisión, debe ser castigada con años de cárcel porque entrañaba intolerancia hacia la ideología catalanista.


El Supremo eleva las penas a los energúmenos de Blanquerna por "intolerancia ideológica"

Justifica la medida por un agravante: discriminación ideológica, algo que no se ha estimado en casos como el asalto a la capilla de Rita Maestre.

 

(ld)

 

 

 

 LAS DOS VARAS DE MEDIR DE LOS TRIBUNALES ESPAÑOLES.

El Tribunal Supremo ha decidido aumentar la pena a los asaltantes de la librería Blanquerna, delegación oficiosa del separatismo catalán en Madrid, de tal forma que los condenados pisen prisión.

 El alto tribunal aprecia, entre otras cosas, la circunstancia agravante de “discriminación ideológica”. Esta sentencia llega pocas semanas después de que otro tribunal decidiera exonerar a la concejal de Podemos por Madrid, Rita Maestre, de toda culpa en el asalto a una capilla en la Universidad Complutense.  


A doña Rita y sus compañeras se las cobijó bajo el generoso manto de la “libertad de expresión”, a pesar de su irrupción por la fuerza en un espacio religioso, a pesar de su conducta violenta hacia los allí presentes, a pesar de sus amenazas de muerte (“arderéis como en el 36”) y a pesar de su evidente “discriminación ideológica”. 

No ha habido tal manto para los de Blanquerna. Ciertamente, el asalto a la Blanquerna se produjo con la suficiente violencia como para que, cabalmente, mereciera sanción. Pero ¿por qué no en el otro caso?

La Justicia, para ser realmente justa, necesita ser racional, y eso exige una mínima homogeneidad en los criterios que aplican los tribunales. Un asalto violento es exactamente el mismo tipo de delito con independencia de quien sea el asaltado. Pero si en un caso determinado se pena con cárcel y en otro, al contrario, se decreta la libre absolución, ¿dónde está la racionalidad?

 Da la impresión de que nuestros tribunales actúan con una u otra vara en función de quién sea el acusado. De ahí a la más total arbitrariedad sólo hay un paso. Y cada vez es más corto.

(Edit. La Gaceta)


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