jueves, 17 de diciembre de 2020

CELEBRACIONES Y CELEBRACIONES

 (Imagino que los votos particulares dirán lo contrario. si este es el co, pregunto ¿opinan  que interrumpir actividades religiosas en una mezquita tampoco está amparado por la libertad de expresión? ¿O sólo es con relación a las celebraciones católicas?)

 

El TC declara que perturbar una ceremonia religiosa no está amparado por la libertad de expresión

La sentencia contará con los votos particulares de los magistrados Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer.

 

El Tribunal Constitucional ha declarado que perturbar una ceremonia religiosa "no está amparado por la libertad de expresión". La sentencia aprobada esta mañana en el Pleno contará con los votos particulares de los magistrados Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer.

La resolución, que recoge doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional, señala que "la celebración de una misa católica es un acto religioso íntimamente relacionado con la dimensión externa de la libertad religiosa, cuyos participantes tienen derecho a no ser inquietados cuando la ejercen, y el Estado tiene el deber de garantizar su pacífica celebración".

El recurrente en amparo fue condenado por la Audiencia Provincial de Gerona y confirmada la pena de seis meses de prisión por la Sala Penal del Tribunal Supremo por perturbar una misa en la iglesia parroquial de Sant Pere de Banyoles, arrojando pasquines, gritando la consigna "aborto libre y gratuito", al tiempo que exhibía en la zona del altar una pancarta en la que sea leía "fuera rosarios de nuestros ovarios". La ceremonia religiosa fue interrumpida durante unos minutos. 

 

(Miguel Angel Pérez/ld/17/12/2020.)

- Seguir leyendo: https://www.libertaddigital.com/espana/2020-12-17/tc-declara-perturbar-ceremonia-religiosa-no-amparado-libertad-expresion-6691408/

No hay comentarios: