martes, 10 de junio de 2025

LA INJUSTIFICABLE AMNISTÍA

 Conde Pumpido, el segundo hombre

Constitución y Justicia constitucional no son lo mismo, tienen una naturaleza diferente: la razón de ser de la interpretación constitucional es la subordinación al “hecho constituido”, no a la inversa.  

 

 

No hay argumentos que puedan justificar lo injustificable: la amnistía no pertenece al orden constituido

Hay multitud de cosas que no constan en la Constitución y no por ello están permitidas en un enfoque sistemático del orden constituido. Por ejemplo, la bigamia o el canibalismo no constan en la Constitución, pero no pertenecen al orden constituido como tampoco a amnistía.

 

(Jesús Rul/VozPOpuli/10/6/2025.) 

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