IMPUTACIÓN DE LIBRO Y DESCABELLO A LAS AUTONOMÍAS.
Desde el primer momento, durante el día 29 de octubre, el Gobierno de España debió proceder a declarar la emergencia de interés nacional de acuerdo con el art. 28 de la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil, poniendo todos los recursos de la Nación, humanos y materiales, al servicio de las operaciones de respuesta inmediata a la emergencia; activando de igual modo la denominada situación 3 del Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones y tomando el control de la situación.
Primero, porque la emergencia se sabía que iba a afectar a varias Comunidades Autónomas, porque era necesaria la coordinación de diversas Administraciones, porque se exigía una aportación de recursos a nivel nacional e incluso internacional y, por supuesto, porque por sus dimensiones efectivas y previsibles la tragedia iba a requerir una dirección de carácter nacional.
(Jorge Buixadé/LaGaceta/10/11/2024.)
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