domingo, 28 de septiembre de 2014

INTENTO DE GOLPE DE ESTADO









INTENTO DE GOLPE DE ESTADO


¿Que hará el Presidente del Gobierno?

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Nada, como hasta ahora

Sebastián Urbina dijo...

Esperemos, por nuestro bien, que se equivoque.

Arcoiris dijo...

¿Que qué hará el Presidente del Gobierno? Mal asunto para quienes desearíamos una adecuada, justa, contundente y disuasoria respuesta. Porque los antecedentes históricos de nuestra sedicente “joven democracia” evidencian que siempre, siempre, los nacionalistas han acabado llevándose el gato al agua de sus intereses. Franco, según se dice, repugnaba de la política y de los partidos. Posiblemente tendría sus argumentos para justificar esa opinión sobre la democracia que él había conocido en España. Lo que parece inobjetable es que todos los indicios hacen sospechar que la democracia que nos administra, más que velar por el bien común, lo haga para cuidar de intereses que no son los del pueblo sino los de determinadas burguesías y los de los propios partidos y sus miembros y "miembras".
Me parece casi inútil seguir dando la matraca. Sin embargo, no quiero acabar sin antes recordar que está legislado que paguemos todos los españoles, con nuestros impuestos, las pensiones de personajes tan honorables como los Pujol, Montilla (también con su sueldico de senador), Mas y tantos otros… ¡País!

Sebastián Urbina dijo...

Es cierto. Pero lo españoles que tuvieron que luchar contra los moros, más de setecientos años, lo tuvieron peor. No hay que rendirse jamás. Ánimo.

Arcoiris dijo...

“Posibles delitos de A. Mas (et al., añado yo):
Desobediencia (art. 410) Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior serán castigados con multa de tres a doce meses e inhabilitación de seis meses a dos años. Prevaricación (art. 404) A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo, se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 7 a 10 años. Sedición (art. 544) Será castigada con penas de 10 a 15 años de prisión la autoridad que induzca o llame a un alzamiento «público o tumultuario» para impedir la aplicación de la ley. Malversación (art. 433) La autoridad o funcionario público que destinare a usos ajenos a la función pública los caudales o efectos puestos a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años. Delito contra la intimidad (art. 198) El funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la ley, utilice datos reservados de carácter personal, sería inhabilitado de 6 a 12 años”. (Tomado de www.porandalucialibre.es)
Está claro que, como no le acusen de sedición, las posibles otras condenas dan razón de la sangre fría y serenidad que exhibe. Ahí tienen al señor Gallardón quien, de acuerdo, no ha sido multado ni inhabilitado, pero cesó, se apartó de la política y, según se lee, anda ahora con un salario que no le sacará de pobre: tan sólo ocho mil y pico de euros mensuales, animalico.
Moraleja: ¿Para quién gobiernan y legislan estas criaturas que nos gobiernanA?