UN PAÍS DE GILIPOLLAS
Día 01/05/2011
La Audiencia de Valencia ha emitido recientemente dos sentencias que coinciden en absolver a unos padres acusados de malos tratos en el ámbito familiar por emplear ocasionalmente un castigo físico con sus hijos para corregir su mal comportamiento. En ambos casos, la ausencia de lesiones y la constatación de que estas acciones no se daban de forma reiterada han llevado a sendos jueces a limitar la condena a una multa económica.
El primero de los fallos se refiere a Lorena, una madre de 33 años a la que fue retirada la custodia de su hija durante dos años después de haber sido condenada por propinarle dos cachetes y tirarle un estuche escolar. Los hechos se produjeron en noviembre de 2008, cuando la madre encontró una libreta con anotaciones de los profesores advirtiendo del bajo rendimiento escolar de la niña, de ocho años. «Me enfadé mucho con ella, le di dos cachetes y la castigué», relata la madre. La familia paterna llevó a la menor a la comisaría, donde denunció los hechos, aunque sin presentar parte de lesiones. La mujer, que no tenía antecedentes, fue condenada a 56 días de trabajos sociales, la retirada de la custodia y dos años sin contacto con su hija.
En el recurso de apelación que ha revertido esta sentencia, el juez se ha basado en la jurisprudencia para considerar que acciones como un cachete, un azote en las nalgas o una bofetada sin intención de producir menoscabo físico por su levedad, y producidas para corregir un comportamiento insolente, violento o agresivo por parte del hijo, «no merecen reproche penal». La sentencia aplica por tanto el principio de intervención mínima y el conocido como «derecho-deber de corrección».
Arrebatos e indisciplina
La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia resolvió un caso muy similar el pasado 11 de abril. Como resultado de un recurso de apelación, el juez ha absuelto a un padre de un delito de malos tratos contra su hijo de quince años, por considerar que la violencia que surgía entre ambos no era «fruto de la imposición» por parte del padre, sino de «la carencia de habilidades» de éste para disciplinarle. El hombre había sido condenado en septiembre de 2010 a un año de prisión y prohibición de acercarse a su hijo a menos de 200 metros por haberle golpeado en la cabeza y tirado del pelo para obligarle a levantarse de la cama y que le acompañara hasta el lugar de trabajo. Lo hizo, según su testimonio, «para evitar que permaneciera sin ningún control».
La sentencia no considera acreditado que el acusado «impusiera un clima sistemático de maltrato» y aunque «sí existía violencia verbal y física entre padre e hijo», añade que ésta no se debe a un abuso de poder del primero, «sino a su incapacidad para encauzar de forma dialogada los arrebatos e indisciplina del menor». (M. Moreira/ABC)
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