(¿Es que Artur Mas no ha incumplido, desde hace tiempo, las obligaciones que la Constitución u otras leyes le imponen? ¿Es que desobedecer sistemáticamente sentencias judiciales firmes no es incumplir sus obligaciones como representante del Estado que es?
¿Es que manifestar, públicamente, que él no va contra el mundo sino contra el Estado español no es suficiente? ¿Es que su actuación no atenta gravemente contra el interés general de España?
Por otra parte, la Fiscalía depende jerárquicamente del gobierno. O sea, al final está la mano- lánguida- de Rajoy.
PD. Por otra parte, este no es un problema exclusivamente jurídico, sino jurídico y político.)
PD. Por otra parte, este no es un problema exclusivamente jurídico, sino jurídico y político.)
Articulo 155.1 de la Constitución española:
Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la
Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al
interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la
Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría
absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al
cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés
general.
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Solo se puede consultar sobre lo que se tiene competencia.
La Fiscalía rechaza la querella contra Mas y señala que la discusión
jurídica sobre el referéndum compete al TC.
La Fiscalía del TSJC no
ve indicios de prevaricación, desobediencia, sedición o rebelión en la
actitud del presidente de la Generalidad, como planteaba el sindicato
Manos Limpias.
(Crónica Global)
(Crónica Global)
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