miércoles, 9 de julio de 2008

BUENAS NOTICIAS.


9/7/2008.




BUENAS NOTICIAS.



TRES NUEVOS PRONUNCIAMIENTOS JUDICIALES A FAVOR

DE LA OBJECIÓN A EpC

Primeras resoluciones judiciales a los objetores en La Rioja

Madrid, 9 de julio. Hoy se han hecho públicas tres nuevas resoluciones judiciales amparando a los padres frente al adoctrinamiento ideológico que supone la asignatura Educación para la Ciudadanía.

La resolución judicial más relevante es una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de fecha 8 de julio, que reconoce el derecho a la objeción de conciencia frente a esta asignatura, por considerar que su contenido vulnera la libertad ideológica y el derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones. Esta Sentencia es extremadamente importante. Por un lado, porque frente a las descalificaciones de Peces-Barba y el entorno gubernamental, no son sólo los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía los que aprecian que la asignatura Educación para la Ciudadanía vulnera los derechos de los padres. En segundo lugar, porque es el primer pronunciamiento judicial favorable a los padres en una Comunidad Autónoma gobernada por el PP. Al reconocer el derecho a la objeción de conciencia, el Alto Tribunal de La Rioja viene a decir que incluso los contenidos pretendidamente rebajados de las CCAA del PP vulneran el derecho de los padres a elegir la formación moral que quieren para sus hijos.

En la misma línea, en otro recurso que tiene pendiente de resolver, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha dictado un Auto concediendo las medidas cautelares a un alumno objetor a Educación para la Ciudadanía, por lo que queda exente de cursar esta asignatura mientras no se resuelva el fondo del asunto. No obstante, y teniendo en cuenta la Sentencia de ayer, es cuestión de tiempo que el Tribunal riojano dicte una nueva resolución reconociendo el derecho a la objeción.

Finalmente, la tercera de las resoluciones que se han hecho públicas esta semana es una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual ha venido a reconocer, una vez más, el derecho a la objeción de conciencia frente a esta asignatura, por su carácter adoctrinador. El TSJA considera que los padres, en virtud de su derecho fundamental de libertad ideológica y religiosa, pueden “hacer valer la vertiente negativa de esa misma libertad frente a lo que considera un acto ilegítimo de intromisión en su esfera íntima de creencias”.

Estos pronunciamientos judiciales se unen a las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 4 de marzo y 9 de abril de este año, que también reconocieron el derecho de los padres a la objeción de conciencia frente a esta asignatura, y al Auto del Juzgado Contencioso-administrativo de Huesca, de 5 de junio, que vino a otorgar las medidas cautelares a un alumno objetor, eximiéndole de cursar esta asignatura.

También reconoció el derecho a la objeción de conciencia la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de 11 de febrero, que «expresamente señaló que resulta evidente del contenido de los artículos 16.1 y 27.1 y 3 de la Constitución Española el derecho a que se garantice la libertad ideológica y religiosa de todas las personas y por ello, de los padres respecto de sus hijos menores, así como el deber del Estado y de todos los poderes públicos de garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones».

Estas resoluciones judiciales no hacen sino asumir lo que está poniendo de manifiesto la doctrina científica sobre la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía. Así, en el último número de la Revista General de Derecho Eclesiástico del Estado Lourdes Ruano, catedrática de la Universidad de Salamanca, sostiene que «un análisis del desarrollo del currículo (competencias básicas, contenidos mínimos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación) por el Gobierno, nos permiten concluir que la materia lleva implícita una formación moral apoyada en una concreta ideología y antropología, con carácter adoctrinador, lo que implica una intromisión del Estado en un ámbito que no le compete y justifica la objeción de conciencia de los padres, titulares exclusivos del derecho –amparado por normas de rango superior- a elegir la formación moral de sus hijos que esté de acuerdo con sus convicciones religiosas y filosóficas y pedagógicas». En sentido similar se han expresados recientemente Rafael Navarro-Valls, catedrático de la Universidad Complutense y Secretario de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, y Carlos Vidal, Profesor titular de la UNED, entre otros juristas de reconocido prestigio.

Jaime Urcelay, presidente de PROFESIONALES POR LA ÉTICA, ha valorado estas nuevas resoluciones judiciales como una excelente noticia para el movimiento objetor a EpC y en general para todos los ciudadanos conscientes de que esta asignatura vulnera las libertades fundamentales de los padres. Además, Urcelay ha recordado que existe un compomiso del Gobierno de La Rioja de acatar la sentencia que del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad sobre objeción a EpC sin recurrirla.

Ana María Peralta, portavoz de La Rioja Educa en Libertad, explica que en este momento se han producido en La Rioja al menos 410 objeciones a la asignatura Educación para la Ciudadanía. Esta materia obligatoria se impantaré en la Comunidad riojana el próximo curso en 2º y 4º de ESO y en 1º de Bachillerato.


No hay comentarios: