El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (TUE) ha confirmado que las denominadas "vacaciones fiscales vascas", que consisten fundamentalmente en la reducción de impuestos a empresas de nueva creación, son ilegales.
El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea ha establecido como ilegal las reducciones de impuestos a empresas de reciente creación que se han producido en el País Vasco, las llamadas "vacaciones fiscales vascas".
La sentencia confirma la decisión del Ejecutivo comunitario, que ya declaró ilegales estas ayudas en 2001, y rechaza los recursos presentados por las diputaciones forales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa, el Gobierno vasco y la Confederación Empresarial Vasca (Confebask).
Las medidas declaradas ilegales, que estuvieron vigentes en los años 90, establecían una exención del impuesto de sociedades para algunas empresas de reciente creación, una reducción de la base imponible del impuesto de sociedades en favor de sociedades de reciente creación y un crédito fiscal del 45% del importe de las inversiones.
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