miércoles, 13 de febrero de 2013

PAÍS ENFERMO



(España es un país enfermo. Nada bueno podemos esperar. Se pita y se insulta, inpunemente, al Jefe del Estado y a los símbolos, como la bandera española, o el himno nacional. Y no pasa nada. Los jueces dicen que es libertad de expresión.

Pero insultar a los símbolos que representan a la gran mayoría de los españoles no es libertad de expresión. Es insulto. ¿Acaso dejarían los jueces que les pitasen y les insultasen a ellos? ¿Dejarían que pitasen e insultasen a los representantes religiosos islámicos en España? ¿Dejarían que pitasen e insultasen a las cabalgatas de homosexuales que se exhiben, cada año, por las calles de Madrid? ¿Sería libertad de expresión pitar en insultar a los políticos de los 'territorios comanches' cuando pasean por las calles de Madrid?

Si tú no te respetas a tí mismo, no esperes que los demás te respeten. Dejaré aparte a los jueces, por si acaso. Aunque es triste tener que decir esto. Hablaré de los periodistas. La prensa es fundamental en toda democracia. Pero ¿significa esto que todos los periodistas son fundamentales e imprescindibles para el buen funcionamiento de la democracia? ¿Incluido los que reciben subvenciones y escriben al dictado de los intereses del pagano? 











PITE AL REY, PERO ...



La pitada que sufrió Don Juan Carlos el domingo durante la final de la Copa del Rey de Baloncesto en Vitoria ha abierto el debate sobre la conveniencia de castigar estas conductas, que no es la primera vez que se plantean.

«Deberían existir sanciones para ese tipo de actos, que lo que hacen es ofender a símbolos que son de todos los españoles, a símbolos del Estado», señaló la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, una iniciativa que ha sido secundada por otros dirigentes populares, como el presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González.

Regular esta cuestión no es fácil, admiten fuentes de la Audiencia Nacional consultadas por ABC, pues cualquier intento de hacerlo chocaría de lleno con el derecho a la libertad de expresión, que es lo que sistemáticamente viene manteniendo este tribunal a lo largo del tiempo. De hecho, y según confirman fuentes judiciales, en la Audiencia Nacional ninguna denuncia o querella interpuesta con motivo de una pitada al Rey en acontecimientos deportivos ha desembocado en juicio.

Regular la cuestión no es fácil, pues chocaría con la libertad de expresión


El motivo, dicen las fuentes citadas, es que una pitada, aunque haya sido organizada, como fue el caso de la de Mestalla (Valencia) en 2009, en la que se repartieron 50.000 silbatos, no se puede considerar un delito de ultraje a España, sino de injurias al Rey (acción o expresión que menosprecie su figura), y salvo que se trate de insultos al Monarca (como ha sucedido en otros procedimientos penales que sí han acabado en juicio), el delito decae siempre frente a la libertad de expresión. Además, coinciden varias de las fuentes consultadas, debe ser así, pues la Monarquía, como institución que es, «también debe estar sujeta a la crítica».

En vía administrativa, por su parte, la ley General del Deporte se limita a establecer sanciones muy graves para quien introduzca o exhiba en espectáculos deportivos pancartas o símbolos que, «por su contenido o por las circunstancias en las que se exhiban o utilicen, pueda ser considerado como un acto que incite, fomente o ayude a los comportamientos violentos, xenófobos, racistas o terroristas». También se castigan acciones que perturben el normal desarrollo del evento en cuestión, pero como tampoco es el caso de las pitadas, estas actuaciones siempre acaban impunes, señalan fuentes jurídicas.

La última querella


La última querella, el pasado año y promovida por la fundación Denaes, ni siquiera llegó a ser admitida por el juez Eloy Velasco, quien consideró que dos días antes de que tuviera lugar la final de la Copa del Rey (en Madrid) nadie podía aventurar lo que allí iba a suceder pese a que la pitada ya estaba organizada de antemano. La querella, «fundada en presunciones», dijo entonces Velasco, se dirigía contra los responsables de la asociación independentista Catalunya Acció, y de las Plataformas Proselecciones Catalanas y Vascas. Las tres asociaciones habían promovido la pitada al himno español para reivindicar sus selecciones nacionales y la independencia de Cataluña y Euskadi.


De acuerdo con el criterio de la Fiscalía, el auto del juez recordaba que la Justicia ya rechazó «en el pasado» casos similares, en referencia a la pitada de 2009, y defendía el «principio de intervención mínima» en el ámbito penal y la subsidiariedad de esta vía ante otras como la administrativa.

Exhibir una pancarta independentista no es «una afrenta en términos delictuales»


A este respecto, el fiscal Jesús Santos presentó un escrito en el juzgado en el que defendía que «los posibles riesgos de alteración del orden público o de otros incidentes» que pudieran producirse durante la final de Copa podrían ser perseguidos, en todo caso, en «la esfera del derecho administrativo preventivo y sancionador», es decir, mediante la aplicación de la ley contra la Violencia, el Racismo y la Xenofobia en el Deporte. «La celebración de este evento deportivo tiene su propia disciplina jurídica y sus propios órganos sancionadores y de prevención», recordaba el fiscal antes de concretar que, si se produjeran incidentes durante el partido, estos podrían ser sancionados por el Comité Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), la Comisión Antiviolencia del Deporte, el Consejo Superior de Deportes (CSD) y la Delegación del Gobierno.


Tres años antes el juez Santiago Pedraz rechazaba otra querella también de Denaes al considerar que estaba amparada por la libertad de expresión. El magistrado entendió que los abucheos y las expresiones proferidas durante aquella final, que también jugaron el Barcelona y el Athletic de Bilbao, no podían considerarse «difamatorias, injuriosas o calumniosas» y tampoco propugnaban «el odio nacional». el instructor sostuvo así, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, que tanto la pitada como la colocación de pancartas con el lema «Good bye, Spain» («Adiós, España») no eran «constitutivos de delito» y no eran tampoco «merecedoras de reproche penal, teniendo además en cuenta el principio de intervención mínima».

«Desagradable»


La decisión de este juez sería confirmada después por la Seción Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (Teresa Palacios, Angela Murillo y Carmen Paloma González), que sostuvo que, aunque suponga un «comportamiento desagradable» y no sea «ejemplo ni de educación ni del civismo mínimo exigible», la pitada que sufrió el Rey no tiene carácter delictivo.


Tras constatar que el objetivo de la protesta era «generar malestar a quien es símbolo de la unidad de la Nación», la resolución también señalaba que el hecho de exhibir una bandera catalana independentista o una pancarta con el lema «Good bye, Spain» no podía constituir «una afrenta en términos delictuales, sino nuevamente una forma de patentizar lo que se prefiere frente a lo que convive pero no se acepta».


«Nada hay que oponer a que se esté en desacuerdo con instituciones o símbolos del Estado y su forma y régimen fijados en el marco constitucional vigente, siendo distinto el modo en que ello se manifieste», sostenía aquella resolución judicial.

Censuraron el «comportamiento más que desagradable que hubieron de soportar los monarcas y todo aquel que no compartiera lo que estuviera aconteciendo». (ABC).

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 MÁS LIBERTAD DE EXPRESIÓN.
La directora, cesada
Un programa de TV3 simula pegar 'cuatro tiros' al Rey
  ÁLVARO J. MEDINA. Barcelona
La televisión pública catalana emite una entrevista al guionista y escritor Jair Domínguez, quien afirma que la Monarquía española debía irse lejos o recibiría cuatro disparos. (La Gaceta)
 

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